Términos y Condiciones de Servicio
GLOSARIO
Para fines del presente Contrato, se entenderá por:
- Consumidor: A la persona física ó moral que adquiere como destinatario final muebles sobre medida de la empresa Moblibar®
- Muebles sobre medida: A los bienes fabricados con determinadas características específicas a petición del consumidor.
- Presupuesto: Al documento que forma parte del presente Contrato, en el cual se detallan los precios de los muebles, piezas, partes, así como los cobros por concepto de instalación y en general, todos los gastos resultando de la compraventa.
- Proveedor: Persona física o moral que se obliga a transmitir la propiedad de los muebles sobre medida a favor del consumidor.
DECLARACIONES DEL PROVEEDOR
Declara ser una persona física legalmente constituida conforme a las Leyes Mexicanas. Su domicilio se encuentra ubicado en la calle San Judas Tadeo cuatro mil novecientos nueve colonia Santa Cruz Buenavista, de la Ciudad de Puebla, Código Postal 72150. RFC: RUHL760921180.
CLÁUSULAS
PRIMERA.- CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES: Las partes manifiestan su voluntad para celebrar el presente contrato cuya naturaleza jurídica es la compraventa al contado, mediante transferencia electrónica o tarjeta de crédito de Muebles sobre medida de la empresa proveedora.
SEGUNDA.- OBJETO: El objeto del presente Contrato es la compraventa de los Muebles sobre medida de la empresa proveedora, que se encuentran descritos en el presupuesto que se elabora conforme las instrucciones del consumidor.
TERCERA.- FORMA Y LUGAR DE PAGO: El consumidor deberá liquidar el pago correspondiente a la compra de los Muebles sobre medida en efectivo, mediante transferencia electrónica confirmada, tarjeta de crédito o cualquier otro medio legal acordado por las partes, en el domicilio del proveedor señalado en el presente Contrato, en los plazos y forma que indique el presupuesto. El precio incluye el Impuesto al Valor Agregado correspondiente.
Cuando el pago se efectúe en moneda extranjera, será considerado al tipo de cambio publicado por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, del día en que se realice el pago. En caso de que el consumidor realice el pago con cheque y no se cubra el pago por causas imputables al librador, el proveedor se reserva el derecho de realizar el cobro adicional del 20% del valor del documento, por concepto de daños y perjuicios.
OCTAVA.- PENAS CONVENCIONALES: En caso de incumplimiento por alguna de las partes a las obligaciones objeto del presente Contrato, originará a cargo del responsable una pena convencional equivalente al 15% del importe total de la compraventa del Mueble sobre medida.
DÉCIMA PRIMERA.- COMPETENCIA: La Procuraduría Federal del Consumidor es competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento del presente contrato. Las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes en la Ciudad de Puebla.
